Domingo 29 de noviembre de 2020 08:19
Las diferencias entre el Gobernador Regional y el delegado presidencial regional
Cada uno tiene funciones y atribuciones determinadas.
Con la elección de los candidatos a gobernadores regionales en las primarias de este domingo se inicia un proceso que ha requerido numerosos proyectos para avanzar en descentralización y regionalización.
Y junto con el gobernador regional apareció la figura del delegado presidencial regional, que viene a reemplazar a los intendentes. Cada uno tiene funciones y atribuciones determinadas.
Una de las principales diferencias está en el sistema de elección de los cargos: mientras el gobernador regional será electo por sufragio universal en elección directa (la primera será el 11 de abril del 2021), el delegado presidencial será designado por el Presidente de la República.
El gobernador regional es la autoridad ejecutiva del Gobierno Regional. Preside el Consejo Regional y debe coordinarse con los demás órganos y servicios públicos. Le corresponde también la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos que dependen o se relacionan con el Gobierno Regional.
Además, debe asignar los recursos de los programas de inversión del Gobierno Regional, de los programas de inversión sectorial de asignación regional y aquellos que corresponda en virtud de transferencias de competencias que haga el Presidente de la República.
Tiene entre sus funciones formular políticas de desarrollo de la región, considerando las políticas y planes comunales respectivos y representar judicial y extrajudicialmente al Gobierno Regional, pudiendo ejecutar los actos y celebrar los contratos de su competencia o los que le encomiende el consejo.
Las elecciones de gobernadores regionales se realizarán cada cuatro años, junto con las elecciones de consejeros regionales y las elecciones municipales. La primera se hará el 11 de abril de 2021 y las eventuales segundas vueltas, el 9 de mayo de 2021.
DELEGADO PRESIDENCIAL
Además, en este proceso se acaba la figura de los intendentes y en su reemplazo se crea el cargo de delegado presidencial regional, como representante del Presidente de la República.
Así, el delegado presidencial regional ejerce el gobierno interior de cada región. Es el representante natural e inmediato del Presidente de la República en el territorio de su jurisdicción.
Será nombrado por el jefe del Estado y se mantendrá en sus funciones mientras cuente con su confianza.
Le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos creados por ley para el cumplimiento de las funciones administrativas que operen en la región, que dependan o se relacionen con el Presidente de la República a través de un Ministerio, entre otras funciones establecidas en la Ley Orgánica Constitucional de Gobierno y Administración Regional.
Además, deberá velar porque en el territorio de su jurisdicción se respete la tranquilidad, orden público y resguardo de las personas y bienes y podrá requerir el auxilio de la fuerza pública en el territorio de su jurisdicción, en conformidad a la ley.
PURANOTICIA