Viernes 14 de agosto de 2020 15:03
Corte Suprema insta a asumir problema de pensión de alimentos como asunto de Estado
El presidente del máximo órgano jurisdiccional, Guillermo Silva, indicó además que este problema está lejos de ser solucionado con un simple empuje de parte del Poder Judicial.
El presidente de la Corte Suprema, Guillermo Silva, afirmó que es hora que el problema de las deudas de pensión de alimentos en el país sea resuelto como un asunto de Estado.
En una nueva ceremonia de juramento de abogados, la autoridad estableció: "Lo digo sin cavilaciones: creo que a pesar del delicado momento económico y social que vivimos, ha llegado la hora de asumir el problema de los alimentos, particularmente aquellos destinados a la mantención de niños, niñas y adolescentes, como un asunto de Estado, con visión sistémica y de largo aliento. Desde luego, estamos disponibles para, desde nuestra experiencia, contribuir en las instancias creadas y que se sigan celebrando al efecto".
El presidente explicó que la reforma constitucional del retiro del 10% de las AFP provocó "una explosión de las pretensiones -plenamente justificada- de tantos alimentarios en razón de morosidades que asombran y avergüenzan. ¿Cabe alguna duda sobre la validez y sentido de justicia de esta explosión? ¡Ninguna! El deber moral y legal de atender las necesidades económicas de los hijos e hijas eleva a una importancia capital esta obligación, que se vincula con la subsistencia misma de la persona".
"Sin embargo, como suele ocurrir, la realidad mostrada por esta ola de expectativas y requerimientos espontánea, nos recuerda, como un vendaval, que el problema detrás de esas pretensiones trasciende, con creces, la sola contingencia actual", agregó.
"Esta necesidad ha reflejado, en realidad, la enorme deuda que en materia de alimentos tiene nuestro sistema en su conjunto, desde hace décadas. Y digo que este es un problema sistémico, pues su solución está lejos de estar radicada en el solo empuje del Poder Judicial en su compleja fase de cumplimiento o de una reforma que sólo resalte las facultades y obligaciones del juez para ejercer actuaciones que, como en este caso, tiendan a asegurar el pago mediante la retención de los fondos previsionales de los deudores de alimentos", precisó.
El presidente de la Corte Suprema afirmó entender que el sistema de justicia debe robustecer las medidas de cumplimiento para hacer efectivo ese derecho, "pero cualquier medida que sólo pretenda reforzar esta parcela del problema, será insuficiente. Desafíos complejos y altamente sensibles, si de verdad nos importan, requieren un abordaje que supere la mirada en la contingencia. Naturalmente, se puede avanzar por carriles paralelos que propendan a corregir dificultades específicas e inmediatas de cuya efectividad estemos seguros, pero siempre dentro de un esquema de reforma que asuma la grandeza de este problema, con visión de largo plazo".
En lo que respecta a la ley, Guillermo Silva informó que el Poder Judicial se ha "volcado como institución a facilitar a todos nuestros usuarios y usuarias la presentación fácil de las solicitudes, vía internet, de las retenciones de los fondos previsionales retirables por quienes les adeuden alimentos".
"505 mil escritos presentados por nuestros usuarios desde la entrada en vigencia de la reforma constitucional aludida y más de 250 mil medidas cautelares decretadas en orden a retener los fondos retirables por afiliados a las AFP que son deudores de alimentos, no dejan lugar a dudas de la premura comprensible con que han actuado nuestros usuarios y usuarias, de la facilitación que nuestra institución ha dado para la presentación y gestión de esas solicitudes y de la celeridad con que los jueces de familia han procedido en resguardo de los derechos de los alimentarios", afirmó.
"Cualquier esfuerzo será insuficiente si la raíz de esta problemática no se asume desde su naturaleza de orden cultural, de la incomprensión de los derechos, de asumir que los alimentos no son simples obligaciones civiles ni deudas que se puedan eludir, que corresponden a un deber moral en base al que se articula la protección de la vida, en el que la condena al deudor debe ser unánime y sin complicidades", concluyó.
PURANOTICIA