Jueves 13 de febrero de 2020 19:35
Corte Suprema da a conocer los argumentos que determinaron el rechazo a la remoción de Emiliano Arias
El máximo tribunal indicó que la remoción sólo se puede llevar a cabo en los casos en que "las causales sean gravísimas", algo que no se cumple.
La Corte Suprema informó este jueves la sentencia íntegra que rechazó la solicitud de remoción del fiscal regional de O'Higgins, Emiliano Arias, solicitada por el Fiscal Nacional, Jorge Abbott.
"El cúmulo de antecedentes esgrimidos en la solicitud efectuada por el Fiscal Nacional, de conformidad con lo que se ha referido en las consideraciones que preceden, no han tenido la entidad suficiente para acreditar que los hechos que fundamentaron las causales esgrimidas, sean de tal envergadura que su reproche merezca imponer su exoneración del Ministerio Público", expone parte de la sentencia.
Asimismo, dice que se ha tenido en consideración que de acuerdo con la historia fidedigna del establecimiento de la Ley Orgánica Constitucional del Ministerio Público, la medida de remoción sólo resulta aplicable "para aquellos casos en que las causales sean gravísimas" y tratándose de faltas de menor gravedad, aunque también fueren manifiestas, "la reparación debe buscarse por la vía administrativa o de derecho común, haciendo efectivas las responsabilidades civiles y penales nacidas de actos u omisiones atribuibles a dolo o negligencia".
"Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo estatuido por los artículos 89 de la Constitución Política de la República y 53 de la Ley N° 19.640 (...) se declara que NO HA LUGAR a la petición de remoción formalizada por el Fiscal Nacional don Jorge Abbott Charme, en contra del Fiscal Regional de la Región del Libertador Bernardo O´Higgins, señor Emiliano Arias Madariaga, por las imputaciones de mal comportamiento y negligencia manifiesta en el desempeño de sus funciones", dice la parte resolutiva de la sentencia, y que fue dada a conocer por el ministro (s) Juan Manuel Muñoz Pardo.
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— Poder Judicial Chile (@PJudicialChile) February 13, 2020
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