Jueves 18 de marzo de 2021 14:47
Corte ordena el cumplimiento efectivo de tres años de cárcel a imputado por daños en estación Las Parcelas de Metro
El ilícito fue perpetrado por Juan Manuel Castillo Pizarro en octubre de 2019 en la comuna e Maipú.
La Corte de Apelaciones de Santiago ordenó el cumplimiento efectivo de la pena de 3 años y un día de presidio a que fue condenado, en procedimiento abreviado, Juan Manuel Castillo Pizarro, en calidad de autor del delito de daños que afectaron e impidieron el funcionamiento de la estación Las Parcelas del Metro, ilícito perpetrado en octubre de 2019 en la comuna de Maipú.
En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras María Soledad Melo, Gloria Solís e Inelie Durán– descartó infracción en la sentencia dictada por el Noveno Juzgado de Garantía de Santiago, que condenó a Castillo Pizarro, pero consideró que, atendido sus antecedentes, no corresponde otorgarle el beneficio de la libertad vigilada intensiva.
"Las razones dadas por el tribunal aparecen carentes de sustento para acceder a la solicitud de la defensa en cuanto a beneficiarlo con la libertad vigilada intensiva, toda vez que la conducta demostrada antes del hecho que motiva la presente causa y su renuencia a presentarse a la justicia, debiendo dictarse en su contra diversas órdenes de aprehensión para ello, incluso en la presente causa, demuestran una nula conciencia de la gravedad de su comportamiento", consigna el fallo.
"Lo anterior unido a la gravedad del delito por el que fue condenado, la afectación del orden público producido, llevan a estas sentenciadoras a estimar que no se verifican en la especie los presupuestos que le habiliten para acceder al beneficio impetrado, debiendo, en consecuencia, cumplir la pena impuesta de manera efectiva", concluye.
Por tanto, la corte revocó la sentencia del 4 de febrero pasado, dictada por el Noveno Juzgado de Garantía de Santiago, que otorgó al condenado Castillo Pizarro el beneficio de la libertad vigilada intensiva, "y en su lugar se decide que la pena impuesta en la presente causa deberá cumplirla efectivamente, sirviéndole de abono el tiempo que ha permanecido privado de libertad en la presente causa, esto es, desde el 4 de diciembre de 2019 y hasta el 4 de febrero de 2021".
PURANOTICIA