Sábado 23 de mayo de 2015 08:15

Barrios Lastarria, Forestal, Yungay y Brasil a conservación histórica

Concejo Municipal de Santiago votó por su incorporación a esta categoría especial del Plan Regulador Comunal.

Una intensa jornada de votación se vivió en el último Concejo Municipal de Santiago, ocasión en que se definieron las propiedades que ingresarían a la categoría de Inmueble de Conservación Histórica (ICH), todo dentro de la modificación complementaria al Plan Regulador Comunal, que el municipio viene desarrollando desde hace 9 meses.

Los inmuebles propuestos por el municipio para ingresar a esta categoría fueron 193, de los cuales 67 fueron votados por el Concejo, correspondientes al barrio Lastarria, Forestal, Yungay y Brasil, entre otros.

Estos últimos habían sido impugnados en el proceso de Observaciones de la Comunidad y de ellos 34 fueron declarados Inmuebles de Conservación Histórica (ICH), 28 quedaron fuera de esta categoría y 7 en la calificación de pendientes.

Tras la votación la alcaldesa de Santiago, Carolina Tohá, indicó que el proceso "ha sido muy interesante porque ha puesto este tema en el tapete público y en definitiva, ha primado la idea de que es importante la protección, pero que también es necesario complementarla con otras políticas públicas".

El proceso de modificación al Plan Regulador Comunal de Santiago ha sido desarrollado desde septiembre de 2014 por la Secretaría de Planificación de la Comuna de Santiago, a través de la subdirección de Asesoría Urbana, que propuso la incorporación de 186 nuevos Inmuebles de Conservación Histórica y la ampliación de 7 Inmuebles de Conservación Histórica ya vigentes.

Dicha modificación abarca todo el territorio comunal y los contenidos abordados en ella han sido ajustes de la normativa para balcones y pisos en volado, la incorporación de normas de cierro de las construcciones y la incorporación de nuevos inmuebles en la categoría de Conservación Histórica.

La declaratoria de Inmuebles de Conservación Histórica (ICH) determina que las edificaciones protegidas bajo esta categoría quedarán sujetas a las disposiciones del artículo 60 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, que establece que dichos inmuebles no pueden ser demolidos o refaccionados sin previa autorización de la Secretaría Regional de Vivienda y Urbanismo.

Esta categoría protege a aquellos inmuebles que tengan características arquitectónicas especiales, valor histórico y/o cultural, es decir, todas aquellas edificaciones que tienen un reconocimiento por su historia o arquitectura y que por sus atributos deben ser preservadas para las futuras generaciones, garantizando su conservación.

La declaratoria de estas edificaciones como ICH no es sinónimo de congelamiento, puesto que están permitidas las obras de restauración, rehabilitación, remodelación y ampliación bajo ciertos parámetros que apuntan al cuidado de las características originales del inmueble.

Pn/co
ATON Chile

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