Jueves 14 de noviembre de 2019 15:57

Abogado Juan Carlos Manríquez: Muchas de las demandas sociales "no se tratan en constituciones, sino en leyes orgánicas"

Profesional explicó que una Asamblea Constituyente en Chile "va a ser bastante meditada, desgranada y acotada en los tiempos y las materias a tratar".

En conversación con Puranoticia.cl, el abogado Juan Carlos Manríquez analizó el escenario respecto al cambio de Constitución que se ha propuesto y cuál sería el mecanismo para hacerlo.

Al respecto, el profesional señaló que "el primer sistema de modificación está estipulado en el capítulo 15, viene dado por una modificación al interior del Congreso. Se presenta un proyecto de reforma o sustitución, se discute al interior del Parlamento, se presenta un texto y luego se va a plebiscito para aprobar o rechazar".

En cuanto a la diferencia entre la Asamblea Constituyente, propuesta por algunos sectores de la sociedad, y el Congreso Constituyente, propuesto por el Gobierno, dice relación en que en la primera "los demás poderes del Estado no intervienen"; mientras que en la segunda "son personas convocadas y elegidas para que formen un cuerpo colegiado, específicamente mandatado y compuesto por representativos de grupos sociales, sindicales, el parlamento, las dos cámaras, que se reúnen para discutir un texto, que debe ser aprobado".

Lo importante es que en cualquier caso, según dijo Juan Carlos Manríquez, se debe someter a plebiscito para su aprobación o rechazo.

Respecto a si es factible modificar o cambiar la Constitución, el jurista expuso que "esa es una discusión profunda y que divide al parlamento. Hay quienes dicen que el texto hay que mantenerlo en sus bases fundamentales, pero hay otros que argumentan que nuestra Constitución, con tanto parche (más de 200 modificaciones que ha sufrido en los últimos años) está completamente desfasada y que sus bases, las bases de la institucionalidad y las bases filosóficas, no permiten que se mantengan".

En ese sentido, indicó que cuando se apunta a eso, "apuntan específicamente a las bases de la economía de mercado, a las bases que, según dicen algunos, han permitido el llamado neocapitalismo liberal extremo que tiene como consecuencia los problemas de las pensiones, el sobreendeudamiento, el endeudamiento en la educación, el problema de la vivienda, y esos son temas que no se tratan en las constituciones, sino en las leyes orgánicas que complementan la Constitución".

PAPEL DE LA CIUDADANÍA

El abogado agregó que hay que "atender la realidad de la ciudadanía en Chile. La cultura cívica normalmente ha estado presente en Chile, quizás en el último tiempo nos podemos quejar de que a los más jóvenes se han desentendido de la actividad pública, no les interesa, quizás desincentivados por los ejemplos negativos vinculados a la corrupción o porque el esquema no les gusta, pero en términos generales, si uno atiende la historia en relación con sus obligaciones ciudadanas, ha sido un pueblo cumplidor. Lamentablemente el último tiempo ha votado menos gente cuando el voto dejó de ser obligatorio, entonces si se llegara a fijar una ruta para una Asamblea Constituyente, esa va a ser bastante meditada, desgranada y acotada en los tiempos y las materias a tratar".

"Sinceramente, creo que aquellos que plantean que en Chile se puede producir lo que algunos denominan una suerte de 'venezualización de la política', 'Chilezuela' o que se va a instalar un Régimen Bolivariano, creo que las condiciones en Chile no están dadas para eso. Un ejemplo de eso es que los tribunales de justicia y las fiscalías durante estos días tan complejos han seguido funcionando, lo que demuestra que el Estado de Derecho se mantiene. En otros países la situación no es comparable con lo que pasa en Chile", puntualizó Manríquez.

De acuerdo al PNUD de las Naciones Unidas, en el mundo se han generado 25 procesos constituyentes. El abogado Manríquez destaca que de aquellos, sólo dos casos han sido estables: Perú e Italia. "En esa precisión hay sólo dos ejemplos de Estados que se mantienen con cierta tranquilidad, con problemas económicos o de orden político interno, pero no a un nivel de un desgobierno, Perú e Italia, el resto habla por sí solo".

RENUNCIA DEL PRESIDENTE PIÑERA

En este punto, el profesional explicó que "el mecanismo de la renuncia (del Presidente) no lo contempla la Constitución, sí la 'vacancia' en la medida que se produzca una causal legal en algunos otros casos como impedimentos sobrevinientes, físicos o fallecimientos, casos en los cuales se establece un sistema de reemplazo. Pedir la renuncia del Presidente de la República para suplir con un acuerdo político esa función, parece no conforme con las reglas vigentes. En consecuencia tendría que ser objeto de un acuerdo extra norma, vale decir simplemente de un pacto político transitorio, débil, sujeto a la circunstancia. Ahora bien, en materia de derecho público, sólo se puede hacer aquello que la Ley permite, en consecuencia se produciría una afectación al principio democrático porque querámoslo o no, lo quieran o no aquellos que proponen esa solución, hasta la fecha no se puede discutir que el Presidente ganó las elecciones de manera democrática, abiertas, informadas, limpiamente, por lo que fue proclamado Presidente de la República por los organismos correspondientes".

"Uno podría entender que es una aspiración de la reyerta política pedir que esa persona que legítimamente asumió el poder lo renuncie y, eso, asociado a una segunda petición que las normas no contienen, que es llamar a elecciones anticipadas con una suerte de disolución del parlamento, intentando aplicar normas que rigen en el sistema anglosajón, en el parlamentarismo o semiparlamentarismo que en Chile no tenemos", concluyó Juan Carlos Manríquez.

PURANOTICIA

Abogado Juan Carlos Manríquez: Muchas de las demandas sociales "no se tratan en constituciones, sino en leyes orgánicas"

Profesional explicó que el mecanismo de Asamblea Constituyente en Chile sería "bastante meditada, desgranada y acotada en los tiempos y las materias a tratar".

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