Miércoles 23 de septiembre de 2020 08:06
Corte de Santiago: 'Nano' Calderón se niega a peritaje sobre peligrosidad
Este martes, en fallo unánime, la corte mantuvo la prisión preventiva de Hernán Calderón Argandoña.
Al confirmar la prisión preventiva de Hernán Calderón Argandoña (23), la Corte de Apelaciones de Santiago argumentó que los informes psiquiátricos privados aportados por la defensa del joven confirmaron la ausencia de patología mental.
Además, en cuanto a la supuesta inexistencia de peligrosidad del imputado, el tribunal de alzada capitalino señaló que eso no ha podido refrendarse "dada la imposibilidad de realizar una pericia por parte del Servicio Médico Legal hasta esta fecha, por propia decisión de Calderón Argandoña asistido por su abogado (Mario Vargas)".
"Adicionalmente, no puede soslayarse la naturaleza extremadamente dañina del arma utilizada (corvo), conforme la minuciosa descripción entregada por la parte querellante en esta audiencia (el padre), lo que no hace sino validar lo ya razonado anteriormente por este tribunal en este sentido", añade el fallo en referencia a su resolución del 27 de agosto pasado, que consideró que la libertad de Calderón Argandoña es un peligro para la seguridad de la sociedad.
Además, señala que "las antedichas conclusiones no logran desvirtuarse por la pretendida rectificación de la apreciación que la víctima ha intentado proporcionar sobre los hechos ante esta Corte y en la investigación, la que podría encontrarse motivada por factores que no se encuentran fehacientemente esclarecidos".
De esta manera, el tribunal de alzada se refirió a la recalificación de la querella presentada por el abogado Hernán Calderón Salinas (67), que la cambió de parricidio frustrado a lesiones graves gravísimas en contexto de violencia intrafamiliar, luego de llegar a un supuesto acuerdo con la defensa.
Este martes, en fallo unánime, la corte mantuvo la prisión preventiva de Calderón Argandoña, formalizado por la Fiscalía Metropolitana Oriente por parricidio frustrado, disparo injustificado, daños, amenazas no condicionales y lesiones menos graves en contexto violencia intrafamiliar, y porte o tenencia ilegal de armas y municiones, delitos perpetrados entre junio y agosto pasado en la comuna de Las Condes.
De esta manera, la Novena Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Paola Plaza, Guillermo de la Barra y la fiscal judicial Javiera González– confirmó la resolución dictada por el 4° Juzgado de Garantía de Santiago, que rechazó modificar la medida cautelar impuesta el 27 de agosto por el tribunal de segunda instancia.
PURANOTICIA