Lunes 20 de febrero de 2023 12:56

Sernac presentó demanda colectiva contra productora de Festival de K-POP “Music Bank”

La acción legal busca que la empresa Noix Dreamers compense a los consumidores afectados por la cancelación parcial del espectáculo por la lluvia el 12 de noviembre pasado.

El SERNAC presentó una demanda colectiva en contra de la productora Noix Dreamers SpA y en contra de la ticketera Ticketmaster Chile SpA, para que indemnicen y/o compensen a todos los consumidores afectados por la cancelación parcial del evento “Music Bank”, tras la lluvia que cayó en Santiago el pasado 12 de noviembre de 2022, y que había sido previamente anunciada.

En la ocasión la productora decidió cancelar el evento, por lo que los asistentes pudieron presenciar la mitad del espectáculo, ya que se presentaron sólo tres bandas de las seis que se habían anunciado. Esto gatilló más de 11.500 reclamos en Chile y en el exterior.

El Director Nacional del SERNAC, Andrés Herrera, indicó en la demanda que "los consumidores tienen derecho a recibir el servicio por el que pagaron y en las condiciones ofrecidas. Si eso no ocurre, las empresas deben responder y compensar a quienes se ven afectados por dichos incumplimientos".

En este sentido, la autoridad recalcó que las empresas deben ser profesionales en la prestación de sus servicios, lo que implica que cumplan con todas las condiciones ofrecidas previamente a los asistentes, incluyendo artistas, horarios, ubicaciones, entre otros aspectos relevantes, tomando las medidas de organización y planificación necesarias. Todo lo anterior, no ocurrió durante el festival de K-Pop “Music Bank”, realizado en el estadio Monumental.

Para el SERNAC, la productora Noix incumplió una serie de obligaciones que están expresamente establecidas en la Ley del Consumidor. Por ejemplo, no cumplió con su deber de profesionalidad al no haber previsto ni adoptado medidas de seguridad oportunas, eficientes y eficaces durante el inicio, desarrollo y cancelación del concierto, lo que incluye la protección de la salud y el deber de evitar riesgos que pudiesen afectar la integridad física y psíquica de los consumidores.

Tampoco realizó las gestiones pertinentes para garantizar la continuidad del concierto y que todos los artistas comprometidos se presentaran en condiciones de seguridad. Se consigna además que la lluvia no puede considerarse una justificación en este caso, debido a que esta condición climática se había anunciado con varios días de anticipación.

El Servicio consideró, además, que Noix incurrió en una serie de incumplimientos en las condiciones ofrecidas a los asistentes relativas a la vista o cercanía del escenario que se aseguraba conforme al ticket adquirido y la ubicación ofrecida. Además, se detectaron colapsos en los baños y en los lugares para comprar alimentos, afectando la calidad del servicio recibido de parte de los asistentes.

El SERNAC buscará las compensaciones según el grado de afectación provocado a los consumidores. Por ejemplo, a quienes asistieron al evento e incurrieron en gastos adicionales, esto es, servicios de hotel, pasajes aéreos o terrestres, alimentación, deberán ser compensados por todos esos gastos.

También la demanda considera a aquellos consumidores que, frente a la falta de medidas adoptadas, se vieron obligados a situarse en ubicaciones y/o localidades que no les correspondían, según el ticket adquirido.

Asimismo, contempla a quienes sufrieron una afectación a su integridad psíquica y física debido a la falta de medidas de seguridad, por ejemplo, asistentes que padecieron crisis de pánico, fueron aplastados u otro tipo de daño físico.

Adicionalmente, la productora, con la acción del SERNAC, se expone a multas que pueden llegar hasta las 1.500 UTM, esto es, cerca de $93 millones por haber infringido diversas normas de la Ley del Consumidor.

PURANOTICIA