Jueves 6 de abril de 2023 10:30
Presidente Boric promulgó la Ley Nain-Retamal, en medio de la conmoción nacional por homicidio del cabo Daniel Palma
Además, el Mandatario promulgó la modificación a la Ley sobre Control de Armas, para aumentar la pena del delito de porte de armas en lugares altamente concurridos.
En medio de la conmoción nacional provocada por el homicidio del cabo Daniel Palma, el presidente Gabriel Boric promulgó la ley Nain-Retamal dentro de un paquete de normas de la agenda de seguridad aprobadas de manera express en los últimos días en el Congreso Nacional.
En un acto reservado en La Moneda, el Mandatario y los titulares de Interior, Carolina Tohá; vocera de Gobierno, Camila Vallejo; de Defensa, Maya Fernández, y de Justicia, Luis Cordero, vistieron de luto y guardaron un minuto de silencio antes de firmar la promulgación de las leyes.
Además de Nain- Retamal, Boric promulgó la modificación a la Ley sobre Control de Armas, para aumentar la pena del delito de porte de armas en lugares altamente concurridos.
También la que modifica el Código Penal para agravar la pena del delito de secuestro en determinados casos y la que refuerza las competencias de Gendarmería de Chile y crea un delito general de extorsión.
En el caso de la ley Nain-Retamal, la iniciativa refuerza y protege la función de Carabineros, Policía de Investigaciones y Gendarmería, así como de la policía marítima y de aeronáutica civil.
La normativa endurece las sanciones penales para quienes agredan y, especialmente, maten a un carabinero, detective o gendarme. De igual modo, restringe los beneficios carcelarios para los inculpados.
También contempla la presunción de la legítima defensa, manteniendo dicha regulación en el Código Penal y no en el Código de Justicia Militar. El texto definitivo acota esta presunción, en casos en que esté en juego la vida o la integridad de los funcionarios policiales o de terceros.
La norma precisa que se presumirá legalmente que concurren las circunstancias previstas respecto de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, Gendarmería, las Fuerzas Armadas y los servicios bajo su dependencia, cuando estas realizaren funciones de orden público y seguridad pública interior.
En dichos casos se entenderá que concurre el uso racional del medio empleado. Esto si, en razón de su cargo o con motivo u ocasión del cumplimiento de funciones de resguardo de orden público y seguridad pública interior, se repele o impide una agresión que pueda afectar gravemente su integridad física, su vida o la de un tercero, empleando las armas o cualquier otro medio de defensa.
PURANOTICIA