Viernes 4 de marzo de 2022 22:16

Pleno de la Convención aprueba creación de Asambleas Regionales: será parte del proyecto de nueva Constitución

Su creación y objetivos fueron validados con 132 votos a favor, seis en contra y cuatro abstenciones, por lo que pasaron al borrador de la nueva Constitución.

El pleno de la Convención Constitucional votó este viernes los artículos de la Comisión de Formas de Estado que habían sido rechazados hace dos semanas, volviendo a ser discutidos después de sufrir una serie de modificaciones.

Y la instancia aprobó uno de los puntos que más repercusión había generado: las Asambleas Regionales, cuya creación y objetivos fueron validados con 132 votos a favor, seis en contra y cuatro abstenciones, por lo que pasaron al borrador de la nueva Constitución.

El informe modificado eliminó las potestades legislativas de este nuevo organismo. Si bien podrá presentar proyectos, deberá hacerlo ante el Consejo o Cámara Territorial, el cual aún está siendo tramitado y busca reemplazar al Senado.

De esta forma, se aprobó que "la Asamblea Regional es el órgano colegiado de representación regional que, en conformidad a la Constitución, está dotado de potestades normativas, resolutivas y fiscalizadoras".

Será la ley la encargada de determinar los atributos requeridos para integrar las asambleas y su número de integrantes. Sin embargo, se estableció que la elección "por sufragio universal, directo y secreto".

Además, se validó que "los y las Asambleístas Regionales ejercerán sus funciones por el término de cuatro años, pudiendo ser reelegidos consecutivamente sólo una vez para el período inmediatamente siguiente. En este caso, se considerará que se ha ejercido el cargo durante un período cuando hayan cumplido más de la mitad de su mandato".

Hubo dos puntos rechazados por el Pleno. Uno entregaba potestad reglamentaria a las Asambleas Regionales, “mediante la dictación de reglamentos, ordenanzas, decretos, circulares e instrucciones para la ejecución de las leyes”.

En tanto, el segundo le permitía solicitar al Consejo o Cámara Territorial la transferencia de la potestad legislativa “en materias de interés de la región autónoma respectiva”.

¿Y cuáles son las atribuciones? De acuerdo a los artículos aprobados del informe, las Asambleas Regionales podrán fiscalizar los actos del Gobierno Regional y de la administración regional, por lo que podrán solicitar información de las autoridades que desempeñen sus funciones en las regiones autónomas. Asimismo, podrán citar a funcionarios públicos o jefes regionales y crear comisiones especiales.

También podrán solicitar al Gobernador o Gobernadora la rendición de cuenta de su participación en el Consejo de Gobernaciones.

Las asambleas deberán votar el Presupuesto Regional, el Plan de Desarrollo Regional y los Planes de Ordenamiento Territorial, así como el Plan Regional de manejo integrado de cuencas. Además, podrán aprobar la creación de empresas públicas regionales o la participación en estas, aunque tras propuesta de la Gobernación y la ratificación de la Cámara o Consejo Territorial.

El organismo podrá dictar su reglamento interno de funcionamiento y las normas que hagan aplicables las leyes de acuerdo regional. A ello se suma la potestad mencionada de iniciar iniciativas de ley ante el Consejo Territorial y "las demás atribuciones que determine la Constitución y la ley".

ESTATUTO REGIONAL, ENTIDADES TERRITORIALES, TERRITORIO Y MARITORIO

Por otro lado, el Pleno votó nuevamente las normas relativas al Estatuto Regional, las entidades territoriales, y las definiciones de territorio y maritorio. que también habían sido devueltas a la comisión hace dos semanas.

Se aprobó la elaboración, aprobación y reforma del Estatuto Regional, el que será propuesto por el “gobernadora o gobernador regional a la Asamblea Regional para su deliberación y acuerdo, el cual será aprobado por la mayoría absoluta de sus miembros en ejercicio”.

También se validó que la organización de las regiones autónomas esté compuesta por el gobernador o gobernadora regional y la Asamblea Territorial. Asimismo, se conformó la creación de un Consejo Social Regional, encargado de promover la participación popular los asuntos públicos regionales.

En tanto, el órgano constituyente validó que será atribución exclusiva del Gobierno Regional la presentación del Plan de Desarrollo Regional ante la Asamblea Regional, del Presupuesto Regional y el plan regional de ordenamiento territorial, así como la creación de empresas públicas regionales o la participación en estas.

Respecto a las entidades territoriales, se aprobó que tengan personalidad jurídica, patrimonio propio y las potestades y competencias necesarias para gobernarse "en atención al interés general de la República, de acuerdo a la Constitución y la ley, teniendo como límites los derechos humanos y de la Naturaleza".

Mientras, se estableció que la región autónoma podrá establecer contribuciones y tasas en su territorio tras la previa autorización de la ley, así como la creación de empresas públicas por parte de los órganos competentes.

Además, se aprobó que "las competencias no expresamente conferidas a la Región autónoma corresponden al Estado, sin perjuicio de las transferencias de competencia que regula la Constitución y la ley".

En lo relativo a territorio, se aprobó que "la soberanía y jurisdicción sobre el territorio se ejerce de acuerdo a la Constitución, la ley y el derecho internacional". Finalmente, el Pleno rechazó definitivamente el concepto de "maritorio" por 86 votos a favor, 43 en contra y 21 abstenciones.

PURANOTICIA

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