Lunes 25 de diciembre de 2023 16:42

“Ley Uber”: Más de 35 mil personas podrían quedar desempleadas

Según un informe del OCEC-UDP, con la entrada en vigencia de la ley,35.992 personas podrían verse afectadas. De ellas, 18.787 son de nacionalidad chilena y 17.135, extranjeros.

En septiembre se publicó un borrador del reglamento de la Ley 21.553, donde estipula una serie de requisitos técnicos y operativos para la prestación de servicios a través de empresas de aplicaciones de transporte y según un informe del OCEC-UDP, 35.992 personas podrían verse afectadas.


De ellas, 18.787 son de nacionalidad chilena y 17.135, extranjeros y producto de esto, según el reporte, la tasa de desempleo agregada subiría en 0,4 puntos porcentuales (pp).


Según dio a conocer el diario La Tercera entre las exigencias a los vehículos se establece el contar con una cilindrada mínima de 1,4 litros para los vehículos con motor de combustión interna, durante los primeros 6 meses de entrada en vigencia del reglamento se podrán inscribir sólo aquellos vehículos con una antigüedad máxima de 7 años y posterior a los primeros 6 meses de entrada en vigencia del reglamento sólo podrán ser inscritos vehículos nuevos. Respecto a las exigencias a los conductores estos tendrán que contar con licencia clase A.


De acuerdo a un análisis que hizo el Observatorio del Contexto Económico de la Universidad Diego Portales (OCEC-UDP), la implementación del reglamento tal como está en el borrador implicaría por tanto que el 88,9% de los conductores de aplicaciones de transporte no podrían seguir trabajando en ellas. No obstante, acotan que “no necesariamente todos aquellos conductores pasarían al desempleo, ya que hay varios posibles efectos laborales”.


Según el informe, las cifras muestran que al trimestre agosto-octubre 2023 el 27,3% de quienes realizan su ocupación principal a través de aplicaciones de transportes reguladas por la Ley 21.553 se encontraba activamente buscando otro empleo, lo que implica un fuerte incremento respecto al 19,1% registrado en el trimestre móvil inmediatamente anterior (julio-septiembre 2023).


“La prevalencia de ocupados que buscan activamente otro empleo entre quienes ejercen su ocupación principal a través de aplicaciones de transporte se mantuvo muy estable a lo largo del año 2023, registrándose una aceleración sólo en el mes de octubre, justo después de darse a conocer el borrador del reglamento de la Ley 21.553", explica el director del OCEC-UDP, Juan Bravo.


En cuanto al impacto potencial que podría genera en el empleo, el análisis estima que el total de conductores de aplicaciones de transporte que podrían potencialmente quedar desempleados por la implementación del reglamento de la Ley 21.553 es de 35.922. De ellos, 18.787 son de nacionalidad chilena y 17.135, extranjeros. Con ello, la tasa de desempleo agregada subiría en 0,4 puntos porcentuales (pp).


También se precisa que “al desglosar por nacionalidad se observa un impacto muy diferente entre la población chilena y la extranjera. Mientras que la tasa de desempleo en el segmento de personas de nacionalidad chilena subiría 0,2 pp, en el segmento de población extranjera podría subir en 1,6 pp”.


El economista menciona que, si bien hay alguna de las exigencias que son deseables como la exigencia de licencia clase A, porque “apunta a mejorar la calidad y seguridad del servicio”. No obstante, pone el acento en otras como “la exigencia de cilindrada mínima es una medida anacrónica, pues una mayor cilindrada en la actualidad no tiene una asociación directa con mayor seguridad o calidad y, de hecho, los motores más pequeños son más eficientes, se asocian a menores emisiones de gases contaminantes”.


Asimismo, plantea que "el umbral de antigüedad debe tener una clara justificación técnica, es decir, por qué se estipulan 7 años y no otro umbral, la idea es que no se ponga un número arbitrario, sino que tenga respaldo técnico”.


Desde el gobierno, Jorge Daza, ministro (s) de Transportes y Telecomunicaciones puso paños fríos al impacto que esto puede generar, considerando que la implementación de la legislación será gradual. “La ley estableció plazos razonables para que conductores y empresas puedan adaptarse. Estamos hablando de casi 3 años desde su aprobación. Por lo tanto, no es bueno confundir a las personas con que la regulación cambiará el panorama de un día para otro”.


“La ley se discutió por varios años, durante tres gobiernos, y en esa tramitación fueron escuchadas todas las partes involucradas en esta regulación, por lo que este marco legal es el resultado de un largo período de análisis y reflexión en que se tomó en consideración a todos”. En ese sentido, precisó que “en el reglamento es la protección de los conductores y usuarios, así como su seguridad, lo que está en el centro de nuestro trabajo a la hora de avanzar en la regulación de las EAT”, agregó.


En cuanto a la posibilidad de postergar la entrada en vigencia de la ley, Daza sostiene que “la ley fue aprobada por el Congreso y publicada en abril de este año, mandatando al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones a elaborar un reglamento en un período de 9 meses, plazo que vence el próximo 19 de enero de 2024, para ingresar a Contraloría. Por tanto, no está en nuestras facultades modificar o extender los plazos de vigencia de una ley ya aprobada”.

PURANOTICIA