Viernes 26 de enero de 2024 22:37

INDH advirtió en 2022 a presidente Boric sobre imposibilidad de seguir acreditando pensiones de gracia

La directora del Instituto Nacional de Derechos Humanos, Consuelo Contreras, envió un oficio el 23 de septiembre del 2022 al Mandatario, donde se advertía sobre la imposibilidad de seguir acreditando las afectaciones de víctimas del estallido social para acceder a los beneficios.

Un oficio del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) de septiembre de 2022, advirtió al presidente Gabriel Boric de la imposibilidad que tenían de continuar acreditando las afecciones de quienes postularon a acceder una pensión de gracia.

"Por medio del presente tengo a bien informarle sobre la imposibilidad que asiste al Instituto Nacional de Derechos Humanos (en adelante INDH) para efectuar la acreditación del padecimiento de 'menoscabo permanente, completo o parcial, de su capacidad de trabajo' en víctimas de violaciones a los derechos humanos ocurridas desde el 18 de octubre de 2019 en adelante, que solicitan al Presidente de la República acceder a pensiones de gracia", indica el documento.

La directora del organismo, Consuelo Contreras, aseguró al Mandatario que al INDH "le es posible acreditar la condición de víctimas de violaciones a los derechos humanos de los casos conocidos en el ejercicio de sus funciones como órgano de promoción y protección de los derechos humanos, con independencia del resultado de las acciones para poder acreditar circunstancias de esta índole", pero que eso no aplicaba "las consecuencias físicas derivadas de esos hechos".

Añadió que "en este sentido, el Instituto no cuenta con las capacidades técnicas ni expertise en la materia para poder acreditar circunstancias de esta índole".

Contreras acusó que "la inclusión de nuevas funciones y atribuciones por medio de cuerpos legales distintos a la ley 20.405, como la citada Ley de Presupuesto, representa un riesgo para la autonomía del Instituto, toda vez que impone obligaciones no establecidas por la ley que le rige".

El oficio sostiene que "es así que para efectos de proceder a la calificación de víctimas y admisibilidad de ésas a posibles beneficios que debiesen estar contemplados en una política de reparación integral según los estándares internacionales, se requiere la conformación de un órgano encargado de la calificación, que garantice un procedimiento administrativo accesible, flexible, transparente y público. Este órgano, que podría ser la comisión que contempla el artículo 7 de la ley 18.056, debería estar Integrado por personas de excelente reputación moral y profesional, asegurando la imparcialidad", se sostiene en el documento.

PURANOTICIA

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