Viernes 3 de noviembre de 2023 13:00

Dos mujeres venezolanas fueron condenadas por tráfico de personas con fines de explotación sexual

El fallo judicial estableció que las víctimas eran recibidas en Chile y luego "llevadas a distintos lugares y ciudades donde eran explotadas sexualmente con la finalidad de pagar la deuda adquirida producto del viaje costeado por los imputados a la que llamaban ‘multa’"

El Cuarto Tribunal Oral Penal de Santiago condenó a la venezolana Anyuly Nazareth Espínola Castillo a 13 años de cárcel por tráfico ilícito de migrantes, y por dos delitos de trata de personas con fines de explotación sexual. Además, condenó a la mujer a 10 años y un día de presidio por sustracción de menores.

En tanto, la acusada Yelixsa del Valle Aular Román, también venezolana, deberá cumplir 10 años y un día de reclusión, en calidad de autora de los delitos consumados de tráfico ilícito de migrantes agravado y trata de personas con fines de explotación sexual.

El tribunal dio por acreditado  que al menos entre diciembre de 2021 y el 13 de febrero de 2022, las condenadas Anyuly Nazareth Espínola Castillo, Yelixsa del Valle Aular Román, Carmelo Gabriel Yelamo Hernández, Michell Valentina Mora Flores (los dos últimos con orden de detención pendiente en la causa), junto a otros sujetos de nacionalidad venezolana, entre ellos el apodado “Sonrisa”, actuando como un grupo delictivo organizado y estructurado, se dedicaron a la trata de personas.

“En efecto, desde el centro de Santiago, en algunos casos desde el departamento N° 2416 ubicado en calle Moneda N°1617, se encargaron de captar víctimas de nacionalidad venezolana engañándolas o abusando de su situación de vulnerabilidad, para luego trasladarlas a Chile, promoviendo y facilitando su ingreso ilegal al país, con ánimo de lucro y con la finalidad de explotar a las víctimas cuando ya se encontraran en Chile bajo su poder y control”, detalla el fallo.

Una vez en Chile, las víctimas eran recibidas en Santiago y llevadas “(…) a distintos lugares y ciudades donde eran explotadas sexualmente con la finalidad de pagar la deuda adquirida producto del viaje costeado por los imputados a la que llamaban ‘multa’. Trasladaban a las víctimas a los lugares donde debían ejercer el comercio sexual, siendo permanentemente controladas en relación a los clientes que debían recibir, percibiendo los imputados el dinero obtenido producto de la prostitución forzada de las víctimas”.

El segundo hecho acreditado por el tribunal, se registró en diciembre de 2021, ocasión en la cual las condenadas Espínola Castillo y Aular Román, junto con Yelamo Hernández, Mora Flores y el Sonrisa, “(…) desde el centro de Santiago, captaron a la víctima de iniciales C.E.B.D. en Venezuela, engañándola y aprovechando la situación de vulnerabilidad en que se encontraba, especialmente por la reciente muerte de su madre y una importante necesidad económica al tener una hija menor de edad".

"Para ello las imputadas Anyuly Espínola y Yelixsa Aular le indicaron a la víctima que podría trabajar en Santiago cuidando al hijo de la imputada Anyuly Espínola, quien se encontraba embarazada a esa fecha. Además, le señalaron que podía viajar con su hija de 3 años de edad (…) y que la imputada Anyuly pagaría los gastos del viaje”, sostiene el fallo.

El 20 de diciembre de 2021, Aular Román concurrió al domicilio de la víctima en Venezuela, a quien informó que ese mismo día debía viajar a Chile con su hija, realizando el cruce por “trocha”; es decir, con la ayuda de traficantes de migrantes, quienes las ingresarían clandestinamente a los países colindantes, “(…) viaje que fue costeado por la encartada Anyuly Espínola Castillo.

"De esta forma ambas encausadas junto al resto de los integrantes de la organización criminal promovieron y facilitaron el ingreso ilegal de la víctima y de su hija menor de edad a nuestro país, poniendo en riesgo su vida, su integridad física y salud, con ánimo de lucro producto de la explotación a la que someterían a la víctima una vez en nuestro país”, añade.

Al arribar a Chile, el 1 de enero de 2022, madre e hija “(…) fueron recibidas por la imputada Anyuly Espínola junto a su pareja Carmelo Yelamo  quienes se rieron cuando la víctima les preguntó por el bebé que iba a cuidar, indicándole que la habían trasladado a nuestro país para ser destinada a prostitución y que tenía una deuda con ellos o ‘multa’ producto de los gastos del viaje indicándole una suma de aproximadamente de cinco mil dólares americanos”.

“De esta forma –prosigue– los imputados retuvieron a la menor de 3 años de edad, manteniéndola alejada de su madre, impidiéndole que ejerciera su cuidado, puesto que la trasladaron a la ciudad de Rancagua, lugar donde la víctima fue explotada sexualmente, debiendo mantener relaciones sexuales con clientes que les enviaban los imputados y coordinaban por WhatsApp, permanentemente controlada por ellos, sin poder salir sin autorización de los imputados. El dinero obtenido producto de la prostitución forzada de la víctima era recibido por los imputados quienes tenían pleno control del dinero que generaba la víctima”.

El 11 de febrero de 2022, la organización coordinó el traslado de la víctima al departamento de calle Moneda, “(…) lugar donde además estaba la imputada Yelixsa Aular Román, quien había ingresado recientemente a Chile en forma clandestina y la imputada Michell Valentina Mora Flores, esto es, todos los imputados. En ese lugar le representaron haberle contado a la encargada de la casa de Rancagua que estaba ‘multada’, esto es, que los imputados la estaban obligando a prostituirse para pagar la deuda que mantenía con ellos por el viaje a Chile. La amenazaron, apuntándola Carmelo con un arma de fuego en la cabeza diciéndole que la iban a matar".

"Los imputados además golpearon a la víctima causándole contusión en la cara de carácter clínicamente leve. Todo ello en presencia de la hija de la víctima de 3 años de edad. Luego de ello la dejaron encerrada. Con posterioridad Carmelo Yelamo y el sujeto venezolano apodado Sonrisa volvieron al departamento donde mantenían a la víctima para amenazarla nuevamente y quitarle el teléfono", indica el fallo.

Finalmente, el tribunal también dio por establecido el hecho signado con el número tres por la fiscalía, el cual se registró: “En el período comprendido al menos entre el 14 de diciembre de 2021 al 22 de enero de 2022, la imputada Anyuly Nazareth Espínola Castillo y Carmelo Gabriel Yelamo Hernández junto al resto de los integrantes de la organización criminal, acogieron a la víctima de iniciales E.A.D.C., nacida el 9 de agosto de 2003, con la finalidad de explotarla sexualmente en nuestro país, específicamente en la ciudad de Rancagua".

Para ellos, se aprovecharon de la situación de vulnerabilidad en que se encontraba, "y la publicaron en la página web sexo sur con el nombre de ‘Gabriela’, pagando dicha publicación mediante una transferencia realizada con la misma cuenta utilizada para el pago de la publicación de la víctima de iniciales C.E.B.D. en la página de prestación de servicios sexuales”.

PURANOTICIA