Viernes 26 de abril de 2024 15:31
Director de Extradiciones del Ministerio Público detalla gestiones para traslado a Chile de imputado por crimen del mayor Sánchez
Juan Pablo Glasinovic aseguró que si el venezolano Dayonis Orozco hubiera llegado a su país las cosas serían distintas, pues la Constitución de allá prohibe la extradición.
Luego que Dayonis Orozco Castillo fuera detenido en territorio colombiano este martes, la Policía Nacional de Colombia puede retenerlo por cinco días, como máximo, es decir, el Ministerio Público chileno tiene ese plazo para presentar la solicitud formal de extradición contra el presunto autor del homicidio del carabinero Emanuel Sánchez, ocurrido el 10 de abril pasado.
En entrevista con radio ADN, Juan Pablo Glasinovic, director de Extradiciones del Ministerio Público, abordó el proceso y explicó que es la Cancillería “la autoridad central, la que canaliza esto. Y la Cancillería de Chile hace llegar esto (la solicitud de extradición) a la Cancillería colombiana, que remite esto al Poder Judicial de su país”.
“Lo que viene es que una vez recepcionado esto por las autoridades colombianas, pasa a trámite judicial, al Tribunal Supremo de Colombia, que es la Corte Suprema de ellos, y de ahí cumplirá con todo lo que es un examen de admisibilidad y el proceso de extradición para finalmente llegar a un fallo que, en el caso de Colombia, es una instancia doble: o sea, no es solamente una resolución judicial, sino que también tiene que contar, finalmente, una vez aprobado judicialmente, con el visto bueno del Poder Ejecutivo”, explicó Glasinovic.
De paso, la autoridad confirmó que Dayonis Orozco Castillo es venezolano y no colombiano, por lo que cualquiera sea su nacionalidad no es inconveniente para llevar adelante el proceso de extradición.
“Si hubiera llegado a Venezuela, como constitucionalmente prohibe la extradición de sus nacionales, cosa que ocurre con muchos otros países, especialmente los europeos, eso no obsta a que sean juzgados internamente en función de los antecedentes que haga llegar el país cuya extradición por esa causa, sin perjuicio de lo cual esos antecedentes son utilizados internamente para un juicio y que la persona sea condenada por el delito que cometió en otro país”, agregó.
Para que se concrete la extradición, Juan Pablo Glasinovic afirmó que “se revisa que se cumplan lo establecido en los tratados: que haya una doble incriminación efectiva, que sea delito en ambos lados, que sea una pena mínima, etcétera. Cumpliendo eso, se da lugar a la extradición”.
También aclaró que el interés de Chile es representado por el Ministerio Público de Colombia, y aquí surge una interrogante: ¿Qué hubiese ocurrido si hubiese llegado a Venezuela Orozco Castillo?
“Aquellos países que no extraditan a sus nacionales, la contrapartida, porque hay un principio de justicia universal, es que ellos lo juzguen, aunque sea en su territorio, en función de los antecedentes proporcionados por el Estado que originalmente iba a requerir su extradición”, señaló Glasinovic.
Respecto al convenio de traspaso de información firmado por el subsecretario Manuel Monsalve con Venezuela, Glasinovic indicó que es un recurso que todavía no ha sido usado. “Hemos estado solicitando cosas, que antes teníamos que hacer por otros canales”, sostuvo.
(Imagen: Policía Nacional de Colombia)
PURANOTICIA