Jueves 17 de marzo de 2022 07:26
Derechos de la naturaleza y normas de probidad ingresan al borrador de posible nueva Constitución
La instancia había respaldado solo nueve de las 36 normas propuestas por la comisión, por lo que en esta ocasión solo dos fueron rechazadas.
El Pleno de la Convención Constitucional aprobó en particular -ya sea de manera completa o parcial- siete artículos de la Comisión de Principios Constitucionales, por lo que ingresarán al borrador de la posible nueva Constitución.
Recordemos que la instancia había respaldado solo nueve de las 36 normas propuestas por la comisión, por lo que en esta ocasión solo dos fueron rechazadas.
Entre los puntos rechazados aparece un inciso primero que establecía que Chile es un "Estado social y democrático de derecho. Su carácter es plurinacional e intercultural y ecológico". Tampoco consiguieron el quórum las enmiendas relacionadas a los valores que reconoce la República y a los fines de la acción estatal, las cuales también volverán a la comisión para su revisión.
Promovida -entre otros- por el convencional Fernando Atria (Frente Amplio), la norma apuntaba a sustituir el rol subsidiario que caracteriza a la Constitución de 1980, el cual implica que el Estado no puede absorber aquellas actividades que son desarrolladas adecuadamente por los particulares.
Tampoco fue visada la norma que buscaba que la bandera, el escudo y el himno fueran emblemas nacionales, así como tampoco logró el guarismo la enmienda que incluía los símbolos de los pueblos originarios.
El primero establece que "la Constitución asegura a todas las personas la igualdad sustantiva, en tanto garantía de igualdad de trato y oportunidades para el reconocimiento, goce y ejercicio de los derechos humanos y las libertades fundamentales, con pleno respeto a la diversidad, la inclusión social y la integración de los grupos oprimidos e históricamente excluidos".
También logró los dos tercios el principio que consagra los derechos de la naturaleza. Indica que "las personas y los pueblos son interdependientes con la naturaleza y forman, con ella, un conjunto inseparable. La naturaleza tiene derechos. El Estado y la sociedad tienen el deber de protegerlos y respetarlos".
De esta manera, se estableció que "el Estado garantiza la conservación, restauración, recuperación progresiva y equilibrio de la naturaleza y sus elementos, promoviendo además su regeneración".
A ello se suma que "Chile es un país oceánico" y que "es deber integral del Estado la conservación, preservación y cuidado de los ecosistemas marinos y costeros continentales, insulares y antárticos".
En materia de interculturalidad, se visó que se "reconocerá, valorará y promoverá el diálogo horizontal y transversal entre las diversas cosmovisiones de los pueblos y naciones que conviven en el país con dignidad y respeto recíproco. El Estado deberá garantizar los mecanismos institucionales que permitan ese diálogo".
En tanto, un artículo relacionado con el plurilingüismo, impulsado por la expresidenta de la Convención, Elisa Loncon, fue parcialmente rechazado. Solo se aprobó que el "Estado reconoce la lengua de señas chilena como lengua natural y oficial de las personas sordas, así como sus derechos lingüísticos en todos los ámbitos de la vida social".
Sobre la norma relativa a la probidad y transparencia se aprobó que "el ejercicio de las funciones públicas obliga a sus titulares a dar estricto cumplimiento a los principios de probidad, transparencia y rendición de cuentas en todas sus actuaciones, con primacía del interés general por sobre el particular".
Asimismo, el Pleno visó que "es deber del Estado promover la integridad de la función pública y erradicar la corrupción en todas sus formas, tanto en el sector público como privado. En cumplimiento de lo anterior, deberá adoptar medidas eficaces para prevenir, detectar y sancionar los actos de corrupción. Esta obligación abarca el deber de perseguir administrativa y judicialmente la aplicación de las sanciones administrativas, civiles y penales que correspondan, en la forma que determine la ley".
El último artículo aprobado establece que "Chile es un Estado fundado en el principio de la supremacía constitucional y el respeto irrestricto a los derechos humanos. Los preceptos de esta Constitución obligan igualmente a toda persona, institución, autoridad o grupo".
Se añadió que "los órganos del Estado y sus titulares e integrantes, actúan previa investidura regular y someten su actuar a la Constitución y a las normas dictadas conforme a esta, dentro de los límites y competencias por ellas establecidos".
PURANOTICIA