Miércoles 20 de abril de 2022 22:02
Corte Interamericana de DD.HH. condena a Chile por discriminar a profesora por su orientación sexual
La docente de religión Sandra Pavez Pavez, fue separada de su cargo por su orientación sexual en 2007.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) declaró responsable al Estado chileno, por el trato discriminatorio a Sandra Pavez Pavez, quien fue separada en 2007 de su cargo de profesora de religión, en un colegio público por su orientación sexual.
Pavez trabajaba como profesora de religión católica desde 1985 en el Colegio Municipal Cardenal Antonio Samoré, un establecimiento educacional público. Sin embargo, el día 25 de julio de 2007 la Vicaría para la Educación del Obispado de San Bernardo revocó su certificado de idoneidad, documento requerido por el Ministerio de Educación para ejercer como profesora de religión, con base en su condición sexual.
La sentencia publicada por la CorteIDH este miércoles detalla que "el Estado de Chile es responsable por la vulneración a los derechos a la igualdad y no discriminación, a la libertad personal, a la vida privada y al trabajo, reconocidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en perjuicio de Sandra Pavez Pavez, por el trato discriminatorio que sufrió (...) con base en su orientación sexual".
"En ningún momento se tomaron en cuenta los efectos que tendría esta medida en la vida personal de Sandra Pavez Pavez o en su vocación docente. El Tribunal determinó que el derecho al trabajo se vio comprometido en la medida que, a través de la reasignación de funciones, se menoscabó su vocación docente y constituyó una forma de desmejora laboral", señala el documento oficial.
Como parte de la resolución, la Corte determinó medidas de reparación integral que incluyen realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional y garantías de no repetición.
Y además, se exige al Estado de Chile adecuar su normativa sobre la vía recursiva, el procedimiento y la competencia judicial para la impugnación de las decisiones de los establecimientos educativos, así como pagar indemnización por daños materiales e inmateriales.
PURANOTICIA