Viernes 22 de septiembre de 2023 19:07
Consejo Constitucional aprueba pérdida de ciudadanía por delito terrorista y los cometidos por autoridades públicas
El organismo continuó con las votaciones del Capítulo II sobre "Derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales"
El Consejo Constitucional continuó con las votaciones del Capítulo II sobre "Derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales", y este viernes aprobó una norma que establece la pérdida de ciudadanía por delitos terrorista, así como por los cometidos por autoridades públicas.
El artículo 20 fue sin duda uno de los que concitó mayor atención, pues innova en una de las causales para perder la calidad de ciudadano, incorporando lo que algunos en la oposición han llamado como "muerte cívica".
Primero se apunta a que ésta se pierde por "la pérdida de la nacionalidad chilena" y "por condena de pena aflictiva".
Tras esto, se agregó el literal c que estipula la pérdida de la ciudadanía "por condena por delitos que la ley califique como conducta terrorista, y los relativos al tráfico de estupefacientes, trata o tráfico de personas, así como los cometidos por autoridades o funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones, y que hubieren merecido, además, pena aflictiva".
Dicha enmienda fue aprobada por 36 votos (de la oposición y 3 del oficialismo), 13 en contra y una abstención del consejero José González (RD).
También se aprobó que "los que hubieren perdido la ciudadanía por la causal indicada en el literal b) la recuperarán en conformidad a la ley una vez extinguida su responsabilidad penal. Los que la hubieren perdido por las causales previstas en el literal c) podrán solicitar su rehabilitación al Senado, una vez cumplida su condena".
PURANOTICIA