Miércoles 23 de febrero de 2022 22:19
Comisión de Derechos Fundamentales de la Convención aprueba en particular artículo que establece derechos sexuales y la interrupción libre del embarazo
La instancia visó en particular el artículo que establece el derecho a decidir de forma libre sobre el cuerpo, la sexualidad y la libre interrupción del embarazo.
Quedó aprobada en particular dentro de la Comisión de Derechos Fundamentales la propuesta de norma que consagran los derechos reproductivos y sexuales, entre ellos el derecho al aborto, lo que quedó listo para ser discutido y votado en el Pleno de la Convención.
De esta manera avanza la norma que indica que “todas las personas son titulares de derechos sexuales y derechos reproductivos. Estos comprenden, entre otros, el derecho a decidir de forma libre, autónoma e informada sobre el propio cuerpo, sobre el ejercicio de la sexualidad, la reproducción, el placer y la anticoncepción”.
Otro párrafo de la norma establece que "el Estado garantiza el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos sin discriminación, con enfoque de género, inclusión y pertinencia cultural, así como el acceso a la información, educación, salud, y a los servicios y prestaciones requeridos para ello, asegurando a todas las mujeres y personas con capacidad de gestar, las condiciones para un embarazo, una interrupción voluntaria del embarazo, parto y maternidad voluntarios y protegidos”.
El Estado, además, debe “garantizar su ejercicio libre de violencias y de interferencias por parte de terceros, ya sean individuos o instituciones. El Estado reconoce y garantiza el derecho de las personas a beneficiarse del progreso científico para ejercer de manera libre, autónoma y no discriminatoria, sus derechos sexuales y reproductivos”.
La norma fue aprobada dentro de la comisión con 24 votos a favor, ocho en contra y una abstención.
El debate, según radio Cooperativa, alcanzó su clímax con un intercambio entre la convencional comunista Valentina Miranda y la UDI Katerine Montealegre. “Chiquillas: ustedes no son provida, son pro-parto, lo único que se les interesa es que la mujer tenga la guagua”, declaró la primera, quien, de paso, le recordó la curiosidad de definirse “próvida” cuando “sus grandes próceres ideológicos en la dictadura mataban con la DINA”. Montealegre no se quedó callada: “Yo no tengo ningún prócer que afecte y viole los derechos humanos”, le respondió, enrostrándole los más de “100 millones de muertos en este mundo. Por algo les dicen come guaguas".
Como era de esperar, la norma no establece plazos ni condiciones para el aporte, lo que debería quedar fijado a través de una ley.
Asimismo, la comisión aprobó una norma que consagra la “educación sexual integral”, de tal manera que “todas las personas tienen derecho a recibir una Educación Sexual Integral, que promueva el disfrute pleno y libre de la sexualidad, enfocada en el placer; la responsabilidad sexo-afectiva; la autonomía, el autocuidado y el consentimiento; el reconocimiento de las diversas identidades y expresiones del género y la sexualidad; que erradique los estereotipos de género y prevenga la violencia de género y sexual”.
En consecuencia, esta norma, que obtuvo 25 votos a favor, siete en contra y una abstención, determinó que “es deber del Estado asegurar el ejercicio pleno de este derecho a través de una política única de Educación Sexual Integral, de carácter laico, desde la primera infancia y durante el curso de la vida, con pertinencia cultural y basada en la evidencia científica afianzada, incorporada de forma transversal y específica en las políticas públicas de educación, salud y otras pertinentes”.
PURANOTICIA