Martes 3 de octubre de 2023 08:21

Cámara aprobó proyecto que obliga a las ONG a transparentar sus ingresos

Texto establece que las personas jurídicas sin fines de lucro sólo podrán recibir fondos públicos, en calidad de asignaciones para la ejecución de proyectos, subvenciones o subsidios, o a cualquier otro título, entregados directamente o a través de procedimientos concursales.

En el marco del escándalo de Democracia Viva y otras fundaciones, la Cámara de Diputados aprobó por 111 votos a favor y 11 abstenciones, el proyecto de ley que obliga a las organizaciones no gubernamentales (ONG) a transparentar sus ingresos.

El texto establece que las personas jurídicas sin fines de lucro sólo podrán recibir fondos públicos, en calidad de asignaciones para la ejecución de proyectos, subvenciones o subsidios, o a cualquier otro título, entregados directamente o a través de procedimientos concursales. Lo anterior, siempre que estas tengan más de dos años de antigüedad desde la fecha de su constitución.

La iniciativa también señala que deberá habilitarse un registro de los beneficiarios finales de estos actos y resoluciones, cuando exista un convenio o contrato que los origine.

Dicho registro deberá contener, al menos, el monto de la operación, el rol único tributario del beneficiario y, en caso de que el beneficiario sea una persona jurídica de derecho privado, el rol único tributario de los socios principales.

El propósito de la norma es que se conozca la forma y procedencia del financiamiento de estas organizaciones, para prevenir y fiscalizar posibles situaciones irregulares.

Las ONG son instituciones sin fines de lucro, dedicadas a la realización de objetivos sociales o de interés público. La moción busca prevenir y fiscalizar de mejor manera eventuales situaciones ilícitas: conflictos de interés, encubrimiento de actividades ilícitas y tráfico de influencias, por ejemplo.

Para ello, el texto legal plantea dos medidas: en primer lugar, modifica la Ley 20.500, sobre asociaciones y participación ciudadana en la gestión pública. Ello, para determinar que las ONG deberán inscribir, anualmente, en el Registro de ingresos y mecanismos de financiamiento, al menos los montos, procedencia u origen y la identificación de los aportantes, si corresponde.

Este registro se encuentra contenido, a su vez, en el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro. Este último, a cargo del Registro Civil e Identificación.

PURANOTICIA

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