Miércoles 26 de enero de 2022 20:36
A ley prohibición de bajar penas a reclusos por delitos sexuales contra menores
La normativa implica que este tipo de reclusos no podrán participar en el beneficio que se otorga a quienes tienen penas privativas de libertad de más de un año.
Por unanimidad, el Senado aprobó el proyecto de ley que impide la rebaja de condenas a condenados por delitos sexuales en contra niños, niñas y adolescentes.
La normativa implica que este tipo de reclusos no podrán participar en el beneficio que se otorga a quienes tienen penas privativas de libertad de más de un año.
Si cumplen con ciertos requisitos, los reos pueden optar a rebajar sus sentencias en 2 meses sus por cada año de cumplimiento, lo que aumenta a en 3 meses por cada año tras superar la mitad de la pena.
Cabe señalar que tampoco pueden acceder a las rebajas las personas condenadas por homicidio calificado, parricidio y robos violentos.´
Ahora se sumarán los presos por apremios ilegítimos u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes con violación o abuso sexual agravado; violación propia; violación a persona menor de 14 años; y estupro.
También se incluirá a quienes hayan cometido abuso sexual agravado, propio o a persona menor de 14 años; corrupción de menores; producción, comercialización, difusión y adquisición de material pornográfico infantil; facilitación de la prostitución de menores; obtención de servicios sexuales por parte de personas menores de edad; rata calificada de personas, en relación con la explotación sexual y robo con violación.
La iniciativa fue impulsada por el Gobierno. El ministro de Justicia, Hernán Larraín, destacó que “hoy, con esta nueva ley, fortalecemos nuestro sistema que protege a la infancia, y se complementa con otras reformas que hemos aprobado, como la que declaró imprescriptibles los delitos sexuales en contra menores de edad, y también con otros proyectos de ley que estamos terminando su tramitación, como es el que Perfecciona el Registro de Ofensores Sexuales, y el que tipifica la Explotación Sexual Comercial Infantil”.
PURANOTICIA