Miércoles 10 de abril de 2024 08:29
Corte de Santiago confirma multa contra Canal 13 por accidente de Yuhui en el matinal
La 13ª Sala del tribunal de alzada confirmó la sentencia impugnada, dictada por el 12° Juzgado Civil de Santiago, que rebajó la sanción impuesta originalmente.
La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó un recurso de casación interpuesto por Canal 13 en contra de la sentencia que fijó en 100 UTM ($6,5 millones) el monto de la multa que deberá pagar por el accidente que sufrió Yuhui Lee tras ser invitado al extinto matinal de la estación, «Bienvenidos», el 22 de agosto del año 2017.
En fallo unánime, la 13ª Sala del tribunal de alzada confirmó la sentencia impugnada, dictada por el 12° Juzgado Civil de Santiago, que rebajó la sanción impuesta originalmente por la Seremi de la región Metropolitana.
"Se organizó, mediante una serie de acciones, una prueba de destreza física, como parte de un show televisivo, levantando una estructura en altura sin medios de seguridad y un colchón que intentaba mitigar el golpe de quienes desde ahí se lanzaban, lo que se sabe finalmente aconteció”, plantea el fallo.
Para el tribunal de alzada, por estas razones, "no se incurre en el vicio que se acusa, bastando ello para desestimar la causal de nulidad procesal referida".
Además, la Corte sostuvo que "las alegaciones sobre la reducción a la multa inicialmente impuesta por la ausencia de persona lesionada, o la condición económica desmedrada de la infraccionada, además de no justificada son irrelevantes para acceder a enmendar el fallo con una rebaja adicional a la conferida por el tribunal”.
Por tanto, se resolvió que "se rechaza el recurso de casación en la forma interpuesto por la parte reclamante Canal 13, en contra de la sentencia dictada por el 12° Juzgado Civil de Santiago que el 14 de julio de 2020 rechazó el reclamo y rebajó parcialmente la multa impuesta en su contra", agregando que "se confirma la aludida sentencia" y que "se confirma la resolución dictada el 1 de marzo de 2021 que rechazó el incidente de abandono del procedimiento en el referido proceso”.
PURANOTICIA