Jueves 11 de mayo de 2023 20:29

CNTV desestima las 2.343 denuncias contra Paulina de Allende-Salazar por dichos en matinal de Mega

Las denuncias se produjeron luego que la periodista llamara "paco" al fallecido suboficial Daniel Palma, en un despacho en directo con «Mucho Gusto».

El Consejo Nacional de Televisión (CNTV) desestimó 2.343 denuncias que recibió el canal Mega luego de que la periodista Paulina de Allende-Salazar llamara "paco" al fallecido suboficial mayor de Carabineros Daniel Palma.

Por unanimidad, los consejeros y consejeras acordaron "no iniciar procedimiento sancionatorio" en contra de la estación televisiva y se archivaron los antecedentes.

Fue el 6 de abril cuando la comunicadora utilizó la palabra mientras cubría en vivo los operativos tras el asesinato del suboficial mayor en el centro de Santiago. Minutos más tarde, el general Álex Chaván la obligaría a abandonar la rueda de prensa o bien la institución no hablaría del crimen del mártir.

Acorde al acta de la sesión del 24 de abril del CNTV, se señaló que "de los contenidos fiscalizados no se aprecia alguna transgresión al correcto funcionamiento de los servicios televisivos (...) este Consejo respeta la libertad de expresión y la libertad editorial que asiste a los concesionarios".

Eso sí, las consejeras María de los Ángeles Covarrubias y Carolina Dell’Oro indicaron en el documento que "sin atribuir intencionalidad a la periodista Paulina de Allende-Salazar en el uso de la palabra ‘paco’ estiman que ésta no fue la apropiada para referirse al carabinero vilmente asesinado en un acto de servicio".

Según relata el texto, "desde el inicio y durante toda la cobertura la línea editorial de la concesionaria parece marcada por la intención de realizar una que, reconociendo la gravedad y el dramatismo de lo ocurrido, fuera mesurada y respetuosa del dolor por la muerte del cabo de Carabineros".

"La cobertura se aleja de estridencias y de cualquier intento por explotar el drama y la emocionalidad de los espectadores, a fin de evitar caer en un tratamiento informativo que pudiera considerarse sensacionalista", suma.

Finalmente, se menciona que "del análisis del contenido de la emisión televisiva denunciada no es posible inferir la existencia de vulneración a la preceptiva constitucional, legal y reglamentaria que regula el contenido de las emisiones de los servicios de televisión, toda vez que la concesionaria, ejerciendo su derecho a expresarse libremente, abordó un tema de conmoción pública nacional y de interés general".

PURANOTICIA

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