Mira las penas a las que te expones si es que cargaste o cargarás la Bip! de manera ilegal
Paola Cabezas, fundadora de BC abogados y experta en ciberdelitos señaló que las personas que “se vieron beneficiadas, por la recarga maliciosa de la Bip!, la ley dispone que pudiesen ser sancionados como cómplices o bien ser sancionados bajo la figura del delito de fraude”.
Miercoles 22 de octubre de 2014 a las 11:18 horas
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Nacional
Luego de que se comenzara a correr el rumor de que existía un programa hacker capaz de cargar la tarjeta Bip! de manera fraudulenta, se habla de más de 19.000 casos donde se realizó esta acción ilegalmente.
En ese sentido, Paola Cabezas, fundadora de BC abogados y experta en ciberdelitos señala que “esta situación está regida por la ley de delitos informáticos (Ley 19.223), y el art. 1º de dicha ley especifica que el que destruya o utilice un sistema de tratamiento de datos, o solo lo modifique en cuanto a su funcionamiento, pude sufrir penas de presidio menor en su grado medio a grado máximo”.
Esto quiere decir que las penas van desde 541 días a cinco años de cárcel. “Se puede aplicar el máximo de la pena si se comprueba que se han afectado los datos contenidos en la página web que se está interviniendo”, agrega Cabezas.
A su vez, indica que las personas que “se vieron beneficiadas, por la recarga maliciosa de la Bip!, la ley dispone que pudiesen ser sancionados como cómplices o bien ser sancionados bajo la figura del delito de fraude”.
La jurista manifestó que bajo esta figura legal, como eran cargas de $ 10.000, no es necesario una comisión de un delito. Este tipo de faltas tienen una sanción de 1 a 4 UTM, por lo que “te expones a pagar entre $ 42.000 y $ 170.00 pesos”.
Vale decir que las personas que corren más riesgos son aquellos que cargaron su cuenta asociada a un RUT, por lo que será fácil su identificación. “Las demás tarjetas, como no son personalizadas y no tienen asignado un rut, será mucho más difícil encontrar a los responsables”, sentenció Cabezas.
pn/dc

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