Rechazan recurso de Pullman Bus por caso de colusión

El TDLC multó por más de $ 700 millones a la empresa por coludirse para fijar tarifas y reparto de frecuencias para el transporte público de pasajeros en ruta Santiago-Curacaví.

Viernes 10 de octubre de 2014 a las 12:02 horas


Mundo Económico

En un fallo unánime el Tribunal Constitucional (TC) rechazó un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Pullman Bus Costa Central S.A. (Pullman) contra el artículo 26° del Decreto Ley N° 211, que establece las sanciones para los ilícitos contrarios a la Libre Competencia.

En el recurso, la empresa alegó una supuesta falta de proporcionalidad en las sanciones impuestas a dicha empresa por el Tribunal de Defensa de Libre Competencia (TDLC) en la sentencia que dictó el 15 de enero de este año, acogiendo un requerimiento presentado por la Fiscalía Nacional Económica (FNE).

En este último, la FNE acusó a Pullman por haberse coludido con sus competidores en el mercado de transporte público de pasajeros en la ruta Santiago-Curacaví, con el objeto de alterar los precios cobrados a público y las frecuencias de salidas de buses. En una sentencia, que debe ser confirmada por la Corte Suprema, el Tribunal condenó a la empresa a pagar una multa a beneficio fiscal de 1.500 UTA (6 millones).

Pullman alegó ante el TC que la ley que regula los ilícitos contra la competencia (DL 211) no distinguiría entre aquellas conductas que lesionan efectivamente la competencia en el mercado, respecto de aquellas que se limitan a ponerla en peligro, lo cual sería contrario al principio de igualdad ante la Ley consagrado en la Constitución.

Sin embargo, el TC en armonía con lo resuelto por el TDLC, resolvió que en el caso en concreto Pullman fue juzgado y sancionado, por conductas que "produjeron un efecto o resultado actual (…) sin perjuicio de su aptitud para generar o seguir generando resultados que impidan, restrinjan o entorpezcan la libre competencia".

El TC decidió también condenar a Pullman al pago de las costas de la causa.

 

pn/dc

 

Fuente El Mercurio

 

 

 

 

 


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