Las 8 claves de los cambios que tendrá el proyecto de Reforma Tributaria
El ministro Arenas remarcó que la recaudación de 3 puntos del PIB estaría plenamente garantizada y aseguró que en régimen se estarán recaudando US$ 8.300 millones.
Lunes 11 de agosto de 2014 a las 11:14 horas
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Mundo Económico
Un mes después de la firma del protocolo de acuerdo, el ministro de Hacienda, Alberto Arenas, anunció finalmente las indicaciones al proyecto de reforma tributaria, asegurando que la recaudación de 3 puntos del PIB estaría plenamente garantizada.
“Vamos a estar recaudando en régimen US$ 8.300 millones”, resaltó el secretario de Estado, un aumento de US$ 100 millones respecto de lo anunciado inicialmente, lo que proviene, detalló, entre otras materias de las modificaciones al Impuesto a la Renta. Esto ya que el sistema de renta atribuida aportaba 1,39 puntos del PIB, y en la combinación con el sistema semi-integrado aporta 1,45 puntos del PIB.
En cuanto al cronograma de la iniciativa, reiteró que el proyecto será votado en particular el próximo martes en la comisión de Hacienda del Senado, para que la semana siguiente sea visto en Sala.
Asimismo, indicó que existe un acuerdo con el presidente de la Cámara, Aldo Cornejo, y los jefes de bancada de la Nueva Mayoría para que en los primeros 10 días de septiembre la reforma tributaria sea despachada. “Por tanto podremos enviar el proyecto de ley de presupuesto del sector público a fines de septiembre con todos los recursos que significan”, añadió.
Sobre la presentación de las indicaciones, el ministro profundizó principalmente en ocho aspectos.
1. Sistemas
El secretario de Estado explicó que los contribuyentes podrán optar entre el sistema integrado o semi-integrado , y detalló que habrá normas de control para la interacción entre uno y otro.
Además, los contribuyentes deberán estar al menos cinco años en cada sistema escogido y deberán pagar impuestos pendientes antes de cambiarse.
Sobre el FUT, el ministro recalcó que éste se cierra tal como se había reiterado en distintas ocasiones, y detalló que algunos de los cambios que implican el término de éste son el fin de “los retiros para reinvertir dentro de veinte días” o los “retiros en exceso”.
2. Reinversión de utilidades
Arenas explicó también que se incorporan resguardos frente al uso de las utilidades con el fin de eludir impuestos, pero aclaró que “estas normas no buscan limitar la inversión de las empresas, sino impedir que las utilidades sean empleadas como mecanismos para no pagar impuestos”.
Al respecto, sostuvo que las nuevas normas de control proveerán criterios para sancionar con la cláusula general anti-elusión cuando las empresas busquen diferir o disminuir la tributación de sus dueños.
En el caso de las empresas que inviertan en el extranjero, éstas deberán informar al Servicio de Impuestos Internos (SII) de manera detallada el destino, monto y tipo de las inversiones realizadas, sujetas a sanciones y tributación.
3. Anti elusión
El ministro sostuvo que un conjunto de indicaciones regularán la aplicación de la norma general anti-elusión, que establece los criterios para distinguir el uso legítimo de las utilidades para invertir y ahorrar, de aquél que es elusivo. Esta norma se aplicará tanto a los contribuyentes del sistema atribuido como del sistema semi-integrado y se aplicará tanto a nivel internacional como local.
En esa línea, hizo un especial llamado a interiorizarse de las reglas y beneficios que trae esta reforma.
4. Incentivos a la inversión
En esta materia, el secretario de Estado adelantó que se incorporan las modificaciones para incentivar la inversión de empresas hasta el tamaño de medianas (ventas hasta 100.000 UF). Y reiteró que las indicaciones incorporan restricciones y medidas de control para evitar que el incentivo se use para postergar los impuestos.
“Los contribuyentes no podrán poseer o explotar a cualquier título, derechos sociales, cuotas de fondos de inversión, cuotas de fondos mutuos, acciones de sociedades anónimas, ni formar parte de contratos de asociación o cuentas en participación”, señaló, agregando que “sus ingresos provenientes de inversión en renta fija no podrán exceder el 10% del total de sus ingresos del ejercicio”.
5. Beneficios a las pymes
Hacienda afirmó que las modificaciones al proyecto crean un “estatuto pyme” en materia tributaria, destacando la ampliación del régimen simplificado del artículo 14 Ter desde empresas con 25.000 UF de ventas al año hasta 50.000 UF.
En tanto, se detalló que a partir del próximo año estas empresas tributarán sólo por su flujo de caja y desde septiembre de 2015 tendrán 60 días más para pagar el IVA. Este beneficio se hará extensivo además a las empresas medianas con ventas hasta 100.000 UF anuales.
También se eliminan los actuales regímenes especiales de los artículos 14 bis y 14 quáter y las empresas acogidas a dichos sistemas tendrán hasta el 31 de diciembre de 2016 para cambiar de régimen tributario.
Sobre el mecanismo de renta presunta, el ministro explicó que se limitará el acceso, pero el 95% podrá mantenerse en él. Sin embargo, el 5% representa el 56% de la recaudación actual.
Además, se implementarán 12 normas para evitar la elusión tributaria, mientras que disminuirán los topes a 5.000 UF en el caso de Transporte, 9.000 UF en el caso de Agricultura y 17.000 UF en el caso de la Minería.
6. Viviendas
En materia de viviendas, se eleva de 100 UF a 225 UF por vivienda el tope para el crédito especial a la construcción, para un costo de construcción máximo de 2.000 UF.
Ninguna vivienda con subsidio estatal tendrá IVA a segunda venta y se mantendrá la tasa de impuesto de timbres y estampillas para las viviendas DFL2.
Por otra parte, Arenas informó que se incorporan indicaciones sobre las ganancias de capital en bienes raíces que tienen por objeto focalizar su aplicación sólo en sectores de altos ingresos: todos los inmuebles adquiridos antes del 2004 se eximen de este gravamen, sólo las viviendas con ganancias superiores a 8.000 UF ($ 192 millones) pagarán impuestos, y en el caso de propiedades, el impuesto a la herencia constituirá crédito respecto del impuesto a la ganancia de capital.
7. Fortalecimiento del SII
En el último trimestre se enviará un proyecto de ley para el fortalecimiento del SII para que “pueda asumir con sus nuevos desafíos, principalmente enfrentar la evasión y la elusión”, precisó.
Además, entre las nuevas subdirecciones del organismo que crea el proyecto habrá una que apoyará al contribuyente, especialmente a las pymes. En tanto, el SII creará una instancia de consulta pública en sus circulares y demás instrucciones de general aplicación a través de su sitio web.
8. Impuestos correctivos
En este punto, se detalló que se sube el impuesto al tabaco a través de un aumento de 8 veces del impuesto específico y la disminución a 30% del impuesto ad-valorem, lo que asegurará una “mayor recaudación”. Además, se gravará de “mejor manera el consumo de cigarrillos, siguiendo el estándar de la Ocde y dejando a Chile entre los países más exigentes en esta materia”.
Sobre las bebidas analcohólicas se estipuló que todas tendrán un impuesto base de 10% y en el caso de las bebidas analcohólicas con azúcar adicionada la tasa aumentará a 18%. En el caso de las bebidas alcohólica se precisó que se establece una tasa común de impuesto a vinos y cervezas de 21,5%.
En tanto, el pisco, whisky y ron si bien fueron presentados con una tasa de 33,5%, hecho que generó molestia al no concordar con lo acordado en el Senado.
El senador DC, Jorge Pizarro, sostuvo que luego de comunicarse con el ministro Alberto Arenas, el ministerio de Hacienda rectificó y le aseguro que el impuesto a los alcoholes quedará en 31,5%.
Compensaciones
Según sostuvo Arenas, las distintas medidas señaladas tendrán un “impacto en la recaudación fiscal”, por lo que se ha previsto compensar dicho efecto con una serie de medidas que permitan mantener meta de recaudación. Entra las medidas mencionó:
- Eliminar el beneficio transitorio de depreciación instantánea para empresas grandes
- Incorporar al proyecto dos programas de trazabilidad fiscal destinado a controlar la aplicación de los impuestos específicos a ciertos bienes gravados. “La iniciativa consiste, principalmente, en implementar una plataforma de trazabilidad fiscal estableciendo las normas regulación de los productos y mejorar los controles a través de ésta para reducir la evasión asociada al contrabando”, añadió.
- Se incluye la creación de una ventana por un año que permitirá anticipar el pago de impuestos por las utilidades acumuladas en el FUT histórico a tasa especial.
pn/cl

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