Instituto Nacional de Derechos Humanos es condenado por “despido injustificado”
Lorena Fríes, directora del organismo, ordenó la desvinculación de su secretaria personal, María Rodríguez argumentando “necesidades del servicio”.
Miercoles 23 de julio de 2014 a las 12:00 horas
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Nacional
El Segundo Juzgado Laboral de Santiago condenó por “despido injustificado” al Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), dirigido por Lorena Fríes.
La sentencia surge luego que, María Rodríguez, secretaria personal de Fríes fuera despedida injustificadamente aduciendo “necesidades del servicio”, y decidiera recurrir al tribunal laboral, para denunciar el hecho.
El Segundo Juzgado Laboral condenó al INDH a pagarle casi $ 1 millón de pesos, aparte de los beneficios tradicionales, como vacaciones, desahucio, entre otros a la ex secretaria de la directora del organismo.
Además, la magistrada Andrea Soler estimó que el organismo solo litigó para “dilatar el juicio”, condenándolo en costas con 500 mil pesos, suma que supera ampliamente el criterio de los jueces al imponer esta sanción. El organismo aseguró que acatará el fallo.
Cabe destacar, que posterior a la demanda interpuesta por Rodríguez, el juzgado llamó a un comparendo de conciliación al que INDH no concurrió. No obstante, ingresó un escrito argumentando que la DT carecía de competencia para solicitarle la documentación.
Según el documento entregado por el INDH, la única entidad que puede fiscalizarlos es la Contraloría, ya que se trata de una institución pública. Esto, aún cuando quienes laboran en el instituto del ramo están contratados bajo las normas del Código del Trabajo y no por la Ley de Bases de Administración del Estado.
En tanto, Fríes que en su minuto confirmó el despido, argumentó que éste había sido legal y agregó un detalle: Rodríguez había sido contratada sin el proceso de selección al que están sometidos el resto de los funcionarios del INDH, ya que se trataba de un cargo “de confianza”.
Sin embargo, los abogados de la ex secretaria recurrieron al Diccionario de la Real Academia para explicar que si bien la expresión “de confianza” no está tipificada en la legislación laboral, el hecho era evidente, ya que las labores que realizaba la secretaria, la hacían objeto de esa calificación. Además solicitó que a Rodríguez la condenaran a pagar las costas del juicio.
Finalmente, el abogado patrocinante de la ex secretaria, Pablo Saball, valoró la resolución y explicó: “La primera consecuencia del fallo es que las normas del Código del Trabajo priman sobre cualquier reglamentación interna y dictamen de Contraloría o cualquier norma interna que pueda dictar el INDH. Todas las personas que trabajan para entidades públicas que están sujetas a este código y tienen los derechos y beneficios y el Estado no puede dejar de cumplirlos”.
pn/dc

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