Viernes 27 de diciembre de 2019 15:35

Revocan prisión preventiva a militar que disparó a hombre durante toque de queda en el Biobío

El Juzgado de Garantía de Concepción determinó que Héctor Hernán Herrera Villa quede con arresto domiciliario total.

El Juzgado de Garantía de Concepción revocó la prisión preventiva de Héctor Hernán Herrera Villa, el militar acusado de disparar en contra de un trabajador el pasado 22 de octubre en la capital del Biobío.

El hecho ocurrió cuando soldados le solicitaron a un grupo de personas que se arrojaran al suelo, a lo que se negó la víctima, Gastón Santibáñez (50), el que recibió un disparo de balín de goma en su pierna derecha, realizado por el imputado.

El uniformado había sido formalizado por apremios ilegítimos el 24 de octubre en el mismo tribunal, que lo había dejado en libertad tras determinar que no existió violación a los Derechos Humanos, ya que el hecho ocurrió durante el toque de queda.

Posteriormente, la Corte de Apelaciones de Concepción acogió un recurso presentado por el Ministerio Público y ordenó la medida cautelar de prisión preventiva en contra del militar, lo que fue revocado este viernes, quedando con arresto domiciliario total.

El juez Carlos Aguayo explicó que "se tuvo en consideración una entrevista radial que dio la víctima del delito, en donde en términos generales ratifica la versión que ha dado la defensa, en orden a que él fue advertido por funcionarios militares en reiteradas ocasiones para que detuviera su marcha, y que no cumplió con esa orden. acercándose al imputado, que retrocedió ante la conducta del ofendido (víctima)".

El magistrado agregó que "estos antecedentes, a juicio del tribunal, permiten poner en duda de que estemos ante un delito de maltrato o de tortura, y que eventualmente lo que sí podría configurarse un delito penado por el código de justicia militar, y que tiene una pena sustancialmente menor a la que sustenta la Fiscalía".

Por lo mismo, Aguayo detalló que "la pena que arriesga el imputado, le permitiría cumplir una eventual condena en libertad, razón por la cual no era necesario mantenerlo en prisión preventiva".

(Imagen referencial)

PURANOTICIA

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