Martes 7 de enero de 2020 08:15

Condenan a 18 años de cárcel a sujeto que violaba a sus hijas menores de edad en Puerto Montt

Los hechos relativos a esta causa ocurrieron entre agosto y septiembre de 2016, cuando el acusado se encontraba al cuidado de sus hijas mientras la madre salía a trabajar, y fueron develados por las víctimas en 2017.

El Tribunal Oral Penal de Puerto Montt condenó a 18 años de cárcel a un acusado como autor del delito consumado de violación impropia en carácter de reiterado de sus dos hijas, menores de 10 años al momento de los hechos.

El caso fue llevado a juicio oral por la fiscal especializada en delitos sexuales, Ana María Agüero Velásquez, quien destacó que durante el desarrollo de esta investigación se dio la adecuada protección a las víctimas.

"Como fiscalía nos sentimos satisfechos porque hemos dado cumplimiento a uno de nuestros objetivos que es dar protección a los niños, niñas y adolescentes víctimas de este tipo de delitos que son tan deleznables y que afectan a un porcentaje de población vulnerable de nuestra sociedad como son nuestros niños", señaló.

Los hechos relativos a esta causa ocurrieron entre agosto y septiembre de 2016, cuando el acusado se encontraba al cuidado de sus hijas mientras la madre salía a trabajar, y fueron develados por las víctimas en 2017. El hombre, en esa época se encontraba con beneficio carcelario a raíz de una pena por un delito de robo.

En la sentencia, los jueces Francisco del Campo Toledo, Jaime Rojas Mundaca y Andrés Villagra Ramírez indican que tuvieron en consideración medios de prueba aportados por la fiscalía y en especial las declaraciones concordantes y contestes de las víctimas, las que "impresionaron a los sentenciadores que suscriben como espontáneas y veraces, del momento en que las dos niñas afectadas proporcionaron un relato directo, consistente y detallado".

Además de la pena principal de 18 años de cárcel efectiva, se condenó al sujeto a quedar privado de todos los derechos que como padre tiene respecto de la persona y bienes de las víctimas y a la sanción de sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los diez años siguientes al cumplimiento de la pena principal y quedó con prohibición de acercarse a éstas.

Finalmente, la sentencia determina que atendida la naturaleza del ilícito, esto es por delitos de carácter sexual, el sentenciado deberá ser incorporado en el Sistema Nacional de Registros de ADN.

PURANOTICIA

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