Lunes 15 de junio de 2020 19:04
Comisión de Hacienda despacha a Sala el proyecto que establece beneficios para trabajadores independientes
El proyecto de ley fue aprobado con una indicación concordada con el Ejecutivo, que incrementa de 75 mil a 100 mil el monto del beneficio entregado.
En condiciones de ser analizado por la Sala de la Cámara este martes, quedó el proyecto de ley que establece beneficios para trabajadores independientes, ante las dificultades generadas por la propagación de la enfermedad Covid-19 en Chile.
Lo anterior, luego que la Comisión de Hacienda aprobara y despachara, con modificaciones, el texto de la iniciativa que se encuentra con discusión inmediata.
La instancia escuchó en dos jornadas los planteamientos del ministro del ramo, Ignacio Briones, y la opinión de diversos representantes gremiales, quienes, si bien valoraron la iniciativa, solicitaron al Gobierno incrementar los beneficios, considerando la prolongación del estado de emergencia y la situación económica actual en la que se encuentran los trabajadores a honorarios de nuestro país.
Teniendo en cuenta dicha solicitud, el grupo parlamentario consensuó una indicación, junto al Ejecutivo, donde se propuso incrementar el monto original del subsidio de $75 mil a $100 mil pesos y establecer un número de tres boletas, distribuidas en 12 meses, aspecto que fue planteado, específicamente, por representantes del Colegio de Sociólogos.
El presidente de la Comisión, diputado Daniel Núñez (PC), valoró el esfuerzo realizado por el Ejecutivo, pero insistió en que aún quedan puntos pendientes por discutir, los que serán parte del debate que se desarrollará en la Sala de la Cámara.
Por su parte, el ministro Briones agradeció la disposición de la Comisión y resaltó que el objetivo de la iniciativa es poder ir en apoyo de todas las personas, cuya fuente principal de ingreso son las boletas de honorario. "Este será un alivio para los trabajadores a honorarios del mundo privado", expresó.
La propuesta busca establecer un beneficio transitorio con motivo de la propagación de la citada enfermedad, en favor de los trabajadores independientes que perciban rentas gravadas conforme al artículo 42 N° 2 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, de acuerdo a lo establecido en la presente ley hasta por un máximo de tres meses, continuos o discontinuos, dentro de los seis meses siguientes a contar del 1º de mayo de 2020.
Para lo anterior, el texto define los requisitos copulativos que deberán cumplir los beneficiarios, describe el monto máximo mensual que se podrá solicitar y los procedimientos a seguir, entre otros puntos.
PURANOTICIA