Sábado 21 de marzo de 2020 08:32

Juzgados de Familia de Santiago solo mantienen audiencias por salidas del país

Con el fin de proteger la salud de los funcionarios y de los usuarios ante la emergencia sanitaria y para asegurar la continuidad del servicio, los jueces presidentes del 1°, 2°, 3° y 4° Juzgados de Familia de Santiago.

Con el fin de proteger la salud de los funcionarios y de los usuarios ante la emergencia sanitaria y para asegurar la continuidad del servicio, los jueces presidentes del 1°, 2°, 3° y 4° Juzgados de Familia de Santiago, acordaron las siguientes medidas:

- Se mantiene la decisión conjunta de reagendar todas las audiencias programadas hasta el 31 de marzo de 2020, a excepción de la materia salida fuera del país, sin perjuicio que cada tribunal pueda determinar caso a caso otras materias que considere de urgencia.

- Cada tribunal deberá mantener siempre una sala de turno para las audiencias que permanezcan programadas y para las situaciones urgentes que puedan surgir, con la flexibilidad necesaria que permita cautelar la salud y seguridad de las personas.

- Atendida la situación vigente y el retraso de las diligencias por parte del Centro de Notificaciones, se deberá potenciar al máximo las notificaciones vía correo electrónico u otra forma alternativa que el tribunal autorice.

- Las causas que cuenten con abogado particular serán notificadas por receptor, utilizando solo el Centro de Notificaciones para aquellos procesos en que las partes cuenten con privilegios de pobreza.

- Se restringe el horario de funcionamiento entre las 9:00 y las 13:00 horas, salvo que exista una audiencia excepcionalmente programada a las 8:30 horas, por lo que se iniciará a esa hora.

- Se dará por constituido el patrocinio y poder si la presentación en que este se constituye viene firmada en la Oficina Judicial Virtual (OJV) por la parte y su abogado, ambos con firma simple, es decir con la clave única; y si viene firmada en OJV solo por el abogado con clave única y la firma de la parte viene autorizada ante notario.

- Si la presentación en que se constituye patrocinio y poder viene firmada en OJV solo por el abogado y no por la parte, se deberá apercibir para que dentro de tercero de día la parte presente un escrito firmado en la OJV, con clave única , ratificando íntegramente la demanda.

PURANOTICIA

Cargar comentarios