Miércoles 8 de enero de 2020 12:37

Corte Suprema falla a favor de Pascua Lama: proyecto podrá ejecutarse de acuerdo a su plan original

En la resolución, la Corte Suprema descartó una eventual vulneración de derechos de las comunidades indígenas de la zona.

La Corte Suprema rechazó el recurso de reclamación presentado por la Comunidad Indígena Diaguita Patay en contra de la resolución del 2º Tribunal Ambiental de Santiago, que aprobó las modificaciones introducidas a proyecto minero Pascua Lama, ubicado en la cordillera de la comuna de Alto de Carmen, región de Atacama.

En fallo dividido, la 3ª Sala del máximo tribunal estableció que el tribunal ambiental valoró correctamente la prueba para modificar el estudio de impacto ambiental del proyecto, a raíz de las fluctuación que registra el caudal de río del Estrecho.

En la resolución, la Corte Suprema descartó una eventual vulneración de derechos de las comunidades indígenas de la zona, previstos en el Convenio N° 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), las que denunciaban la desviación artificial de las aguas del río. Sin embargo, se estableció que la fluctuación fue natural.

Además, dicha fluctuación fue la que alteró la concentración de los contaminantes, "y no los aportes que pudieran generarse con ocasión de la ejecución del proyecto, lo cual respalda la conclusión administrativa en torno a la evaluación del cambio sustantivo de la variable", según el fallo.

Tras la resolución, el proyecto minero, de la canadiense Barrick, para la extracción de oro en la cordillera de la provincia de Huasco, podrá ejecutarse de acuerdo a su plan original.

PURANOTICIA

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