Lunes 13 de enero de 2020 13:41

La columna de la senadora Isabel Allende: Derecho humano al agua, eficiencia hídrica y la función social de la propiedad

Presidenta de la Comisión de Recursos Hídricos del Senado indicó que "los derechos son sólo derechos si son para todos. De otra forma, son privilegios".

Columna de opinión: Senadora Isabel Allende Bussi, presidenta de la Comisión de Recursos Hídricos del Senado.

Estamos experimentando la sequía más grave que ha tenido Chile en décadas y producto de esto, miles de personas, muchas de ellas pequeños agricultores, ya no pueden satisfacer sus necesidades más básicas o generar agricultura de subsistencia. Los habitantes de localidades rurales viven abastecidos con 50 litros por persona a través de camiones aljibes, lo que es claramente insuficiente. Atendimos en la Comisión de Recursos Hídricos del Senado a los alcaldes de Petorca y La Ligua, quienes denunciaron la situación de miles de personas que viven sin acceso al agua, mientras que viven rodeados de plantaciones con monocultivos de uso intensivo de aguas, lo que es indignante.

La discusión de fondo sobre el agua en Chile es en realidad sobre la función social de la misma, lo que se ve obstaculizado por la propiedad privada del agua. Esta semana también la derecha rechazó la posibilidad de discutir sobre el régimen de propiedad de las aguas en el país.

Hoy en Chile el agua es privada, a pesar de que la ley dice que es un bien nacional de uso público y que supuestamente le pertenece a la nación toda. En efecto, la Constitución en el inciso final del Art. 19 N° 24 consagra la propiedad privada sobre los derechos de aprovechamiento de las aguas, colocando un "candado" a la regulación que hay sobre ellas e impidiendo mayor tutela del Estado para entregarle agua a la gente, a través de prioridades de uso o restringiendo derechos de privados. Es por esto que en una nueva perspectiva constitucional se debería eliminar o modificar este inciso.

Lamentablemente, por los altos quórums que exige una reforma constitucional -actualmente de 2/3-, no pudimos continuar el debate de una reforma constitucional que tenía por objeto fortalecer la función social de la propiedad del agua por encima de la función privada de las mismas. Los parlamentarios de derecha señalaron que esta reforma sería expropiatoria.

Ante dicha afirmación, hay que poner las cosas en perspectiva: hasta 1980, en Chile el agua era efectivamente un bien nacional de uso público, como lo señalaba la ley, y por lo tanto el agua nos pertenecía a todos. Sin embargo, los chilenos fueron expropiados de su derecho del agua con la Constitución de 1980 y con la dictación del Código de Aguas en 1981, en plena dictadura y de forma autoritaria.

Se le despojó a Chile, sin reparación alguna de esas aguas, para entregarlas de forma gratuita, perpetua, y heredable, a quienes las pidieran. Una vez promulgado el Código de Aguas, la escasa información sobre los mecanismos para obtener los derechos de aprovechamiento de agua, permitió que en menos de una década los grandes grupos económicos, dueños del sector eléctrico, minero y agrícola exportador, concentraran la propiedad de los derechos de aprovechamiento del agua, en perjuicio del acceso a este bien para los habitantes rurales.

A mayor abundamiento, hoy en Chile ni siquiera existe el derecho humano al agua, a pesar de que hemos suscrito tratados internacionales donde se reconoce. Nuestra Constitución guarda silencio frente a este vital derecho.

Es por eso que ante un eventual horizonte constituyente es necesario en materia de aguas fortalecer la función social de la propiedad, por encima de la función privada.

Por ello, buscaremos presentar un nuevo proyecto de Reforma Constitucional, que se enfoque sólo en el derecho humano al agua, además del fortalecimiento de la función social y ambiental de la propiedad, cuestión ya reconocido por la constitución actual.

Asimismo, ante la campaña del gobierno que vuelve a poner el foco en los consumidores domiciliarios para que éstos ahorren agua, reiteraremos desde el Senado la responsabilidad que le compete a las empresas en hacer un uso racional del agua, y por ello hemos presentado esta semana un proyecto de ley sobre eficiencia hídrica, cuya discusión comenzaremos ahora. El proyecto coloca en el centro de la discusión los esfuerzos que los propietarios de derechos de agua deben hacer para conservar este recurso.

Los derechos son sólo derechos si son para todos. De otra forma, son privilegios. Hoy, el modelo chileno está en una evidente crisis social y ambiental justamente porque la desigualdad genera privilegios injustos e inaceptables hasta en el agua. Los líderes políticos deben estar a la altura de lo que sucede en el país y reconciliarse con la idea de que Estado debe proteger especialmente a los más débiles: A aquellos crianceros que deben elegir entre dejar morir a sus animales o dejarlos libres a su suerte; o a aquellas familias que deben migrar por falta de agua.

Llevamos más de ocho años esperando una Reforma al Código de Aguas que puede no surtir efecto por el "candado" constitucional que existe sobre las aguas y mientras tanto, el desierto avanza, la biodiversidad disminuye y los pobres se vuelven más pobres. Es por eso que debemos poner énfasis sobre la función social de la propiedad de las aguas, lo antes posible, para hacer frente a la sequía ante un nuevo horizonte constituyente.

PURANOTICIA

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